La Orden HFP/792/2023, de 12 de julio (publicada en el BOE y en vigor el 17 de julio), por la que se revisa la cuantía de las dietas y asignaciones para gastos de locomoción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Se produce la modificación, siempre que el empleado o trabajador justifique el desplazamiento, el importe exceptuado de gravamen de 0,26 € (anteriormente, 0,19 €) por kilómetro recorrido, más los gastos de peaje y aparcamiento que se justifiquen.
También para contribuyentes que obtengan rendimientos del trabajo que se deriven de relaciones laborales especiales de carácter dependiente (representantes de comercio), cuando los gastos de locomoción le sean resarcidos específicamente por las empresas a quienes presten sus servicios y puedan justificar la realidad de sus desplazamientos, se ha elevado de 0,19 € a 0,26 € el importe a deducir de sus ingresos, para la determinación de sus rendimientos netos por gastos de locomoción, más los gastos de peaje y aparcamiento que se justifiquen.
Por otro lado, se ha publicado también en el BOE de 17 de julio de 2023 y en vigor el 18 de julio, la Orden HFP/793/2023, de 12 de julio, por la que se revisa el importe de la indemnización por uso de vehículo particular establecida en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio. Se eleva igualmente la indemnización por razón del servicio para los empleados públicos que deben utilizar su propio vehículo para trabajar, de 0,19 € a 0,26 € por kilómetro recorrido por el uso de automóviles y de 0,078 € a 0,106 € por kilómetro recorrido por el uso de motocicletas, derogando su normativa anterior contenida en la Orden EHA/3770/2005, de 1 de diciembre.