Muchas familias y empresarios tienen una sociedad limitada que, con los años, ha dejado de «hacer negocio» y se limita a tener pisos alquilados, un local o inversiones. Lo que pocos saben es que, en ese momento, Hacienda puede considerarla una sociedad patrimonial, con una tributación bastante más cara que la de una sociedad operativa.
En este artículo explicamos cómo distingue Hacienda una de otra, qué consecuencias fiscales tiene cada calificación en 2026 y qué se puede hacer para que tu sociedad no pase a ser patrimonial sin que te des cuenta.
Resumen rápido
| Sociedad operativa | Sociedad patrimonial | |
|---|---|---|
| Qué hace | Desarrolla una actividad económica: vende productos o presta servicios | Más de la mitad de su activo son valores o bienes no afectos a una actividad (por ejemplo, inmuebles alquilados sin estructura) |
| Tipo del Impuesto sobre Sociedades 2026 | 25 % general; 23 % si es empresa de reducida dimensión; 19 % / 21 % si es microempresa | 25 % siempre, aunque facture poco |
| Incentivos de pyme (libertad de amortización, reserva de nivelación…) | Sí, si cumple los requisitos | No |
| Exención en el Impuesto sobre el Patrimonio y bonificación en Sucesiones para las participaciones | Posible, si se cumplen los requisitos de empresa familiar | Normalmente no |
¿Qué es una sociedad operativa?
Es la sociedad que desarrolla una actividad económica: organiza medios materiales y humanos para producir bienes o prestar servicios en el mercado. Un taller, una consultoría, una tienda o un restaurante constituidos como SL son sociedades operativas.
Es la forma «normal» de empresa y la que puede beneficiarse de todos los incentivos que la ley reserva a las pymes, incluidos los tipos reducidos del Impuesto sobre Sociedades.
¿Qué es una sociedad patrimonial?
El artículo 5.2 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades define la entidad patrimonial como aquella en la que más de la mitad de su activo está formado por valores o por elementos no afectos a una actividad económica.
El cálculo no se hace con el balance de cierre, sino con la media de los balances trimestrales del ejercicio. Por eso una sociedad puede pasar a ser patrimonial un año concreto sin haberlo decidido: basta con que venda su negocio y se quede con la tesorería, o con que deje de tener actividad y conserve los inmuebles.
Hay matices importantes que juegan a favor del contribuyente:
- No se computan como «no afectos» los elementos cuyo precio de adquisición no supere los beneficios no distribuidos procedentes de actividades económicas del propio ejercicio y de los diez anteriores.
- Las participaciones de al menos el 5 % en otras sociedades, mantenidas con los medios adecuados para dirigirlas, tampoco cuentan como valores a estos efectos.
El caso más habitual: la sociedad que alquila inmuebles
Es la situación que más vemos en el despacho. Una SL tiene varios pisos o locales alquilados y nadie que los gestione dentro de la sociedad.
Para la ley, el alquiler de inmuebles solo es actividad económica si la sociedad cuenta, al menos, con una persona empleada con contrato laboral y a jornada completa dedicada a esa gestión (art. 5.1 LIS). Si no la tiene, los inmuebles no están afectos a ninguna actividad y, si representan más de la mitad del activo, la sociedad es patrimonial.
Contratar a esa persona solo tiene sentido si el volumen de alquileres lo justifica. Hacienda revisa que el empleo sea real y que haya carga de trabajo suficiente; un contrato «de papel» no sirve.
Diferencias fiscales en 2026
1. Tipo de gravamen
Desde la reforma de la Ley 7/2024, las microempresas (cifra de negocios inferior a 1 millón de euros) tributan en 2026 al 19 % por los primeros 50.000 € de base imponible y al 21 % por el resto, y las empresas de reducida dimensión al 23 %. La ley excluye expresamente a las entidades patrimoniales: tributan al 25 % en todo caso.
Lo explicamos en detalle en la rebaja del Impuesto sobre Sociedades 2026 para micropymes.
2. Incentivos de empresa de reducida dimensión
El régimen de empresas de reducida dimensión no se aplica a las entidades patrimoniales. Eso significa que pierden, entre otros, la libertad de amortización, la amortización acelerada y la reserva de nivelación.
3. Patrimonio y Sucesiones
Las participaciones de una sociedad operativa pueden quedar exentas en el Impuesto sobre el Patrimonio y tener una reducción muy importante en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones si se cumplen los requisitos de empresa familiar. Si la sociedad se dedica principalmente a gestionar un patrimonio mobiliario o inmobiliario, esos beneficios normalmente se pierden. Para muchas familias esta es la consecuencia más cara de todas, aunque no se note hasta el momento de una herencia o una donación.
Ejemplo práctico
Una SL de Mataró tiene tres pisos alquilados, que suponen el 85 % de su activo, y ningún empleado. En 2026 obtiene una base imponible de 40.000 €.
| Si fuera microempresa operativa | Como sociedad patrimonial | |
|---|---|---|
| Tipo aplicable | 19 % (primeros 50.000 €) | 25 % |
| Cuota del Impuesto sobre Sociedades | 7.600 € | 10.000 € |
| Diferencia anual | 2.400 € más al año como patrimonial | |
Y a esa diferencia anual hay que sumarle lo que puede costar perder la exención en Patrimonio o la reducción en Sucesiones el día que los socios quieran traspasar la sociedad a sus hijos.
¿Se puede evitar que una sociedad sea patrimonial?
Depende de cada caso, pero estas son las vías que analizamos habitualmente:
- Dar estructura real a la actividad de alquiler, con una persona empleada a jornada completa, cuando el volumen de inmuebles lo justifica.
- Reinvertir en la actividad en lugar de acumular tesorería o inversiones financieras que no se necesitan.
- Vigilar el equilibrio del activo trimestre a trimestre, especialmente después de vender un negocio o un inmueble importante.
- Reorganizar el grupo (separar actividad y patrimonio en sociedades distintas) cuando hay motivos económicos válidos, no solo fiscales.
Y a veces la conclusión es la contraria: que tener una sociedad patrimonial sigue compensando frente a tener los inmuebles a nombre personal. Si te planteas para qué sirve realmente una sociedad sin actividad propia, te interesa también nuestro artículo sobre la sociedad instrumental.
Preguntas frecuentes
¿Una sociedad patrimonial es ilegal?
No. Es una calificación fiscal, no una sanción. La sociedad es perfectamente válida; simplemente tributa con unas reglas menos favorables.
¿Se puede ser patrimonial un año y operativa al siguiente?
Sí. La calificación se revisa cada ejercicio con la media de los balances trimestrales, así que puede cambiar de un año a otro.
¿Me conviene más una SL o seguir como autónomo si voy a empezar un negocio?
Depende sobre todo del beneficio esperado. Lo analizamos en ¿es mejor ser autónomo o crear una SL?
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