A partir de 2026, Hacienda rebaja el tipo del Impuesto de Sociedades para las micropymes. Muchos administradores lo leerán como una medida menor, un punto porcentual más o menos. No lo es.
Los datos de la Agencia Tributaria y del DIRCE muestran algo revelador: la inmensa mayoría de las empresas españolas tributa precisamente en el tramo de base imponible que más se beneficia de este cambio.
Este artículo explica, con cifras reales, quién gana con la reforma y qué margen abre para quien gestiona una micropyme.
Qué es una micropyme para Hacienda
La definición fiscal es sencilla: una micropyme es aquella sociedad cuya cifra de negocio del ejercicio anterior no supera 1 millón de euros. Bajo ese umbral entra la inmensa mayoría del tejido empresarial español.
El DIRCE (Directorio Central de Empresas) sitúa el total de empresas activas en España en torno a 3 millones. De ellas:
- El 54,6% no tiene ningún asalariado.
- El 38,2% son microempresas, con entre 1 y 9 empleados.
- Solo el 6,0% son pequeñas empresas, de 10 a 49 trabajadores.
- Y apenas el 1,2% son medianas o grandes.
Casi 9 de cada 10 empresas españolas tiene menos de 10 trabajadores. Cuando hablamos de «pymes», hablamos sobre todo de estructuras muy pequeñas.
La radiografía fiscal: la mayoría no llega a los 50.000 € de base imponible
La Estadística de PYMES societarias de la AEAT, ejercicio 2023, aporta un dato revelador: de 1.734.793 sociedades declarantes del Impuesto sobre Sociedades, 1.071.943 tuvieron cuota íntegra nula. Es decir, el 61,79% no pagó ni un euro de impuesto ese año.
Entre las sociedades con 1 a 9 asalariados, ese porcentaje baja al 44,9%. En cuanto una empresa contrata y genera beneficio real, la probabilidad de tributar sube con claridad.
No existe una tabla oficial que cruce «número de empresas por tramo de base imponible» para todo el universo de pymes. Combinando el reparto por tamaño del DIRCE con los datos de cuota nula de la AEAT, esta es una estimación razonable:
| Base imponible anual | % aproximado | Nº empresas aproximado |
|---|---|---|
| Pérdidas o BI ≈ 0 | 45% | 1.350.000 |
| 1 € a 10.000 € | 22% | 660.000 |
| 10.001 € a 25.000 € | 15% | 450.000 |
| 25.001 € a 50.000 € | 10% | 300.000 |
| 50.001 € a 100.000 € | 5% | 150.000 |
| Más de 100.000 € | 3% | 90.000 |
Nota metodológica: estimación informada, no estadística oficial cerrada. Combina el reparto por tamaño del DIRCE con los datos de cuota nula y tramos de asalariados de la AEAT.
El dato clave está en la lectura conjunta: entre las sociedades que sí generan base imponible positiva, alrededor de 85 de cada 100 no supera los 50.000 euros de beneficio fiscal al año. Solo una minoría llega más lejos.
La reforma 2026-2027: qué cambia para estas empresas
La Ley 7/2024, de 20 de diciembre, establece una bajada progresiva del tipo del Impuesto de Sociedades para las micropymes, aplicada sobre los primeros 50.000 € de base imponible:
| Ejercicio | Primeros 50.000 € de BI | Resto de la base imponible |
|---|---|---|
| 2025 | 21% | 22% |
| 2026 | 19% | 21% |
| 2027 y siguientes | 17% | 20% |
Esta escala solo se aplica a sociedades con cifra de negocio inferior a 1 millón de euros. Y aquí encaja la radiografía anterior: si cerca del 85% de las micropymes con beneficio no supera los 50.000 € de base imponible, la rebaja no afecta a una parte de su resultado. Afecta prácticamente a todo.
La reforma no está pensada para las grandes cifras. Está pensada, en la práctica, para el tamaño real de la mayoría de empresas españolas.
Cómo se sitúa esto frente a otros tipos del Impuesto de Sociedades
La rebaja de las micropymes no es la única pieza del mapa de tipos vigente en 2026. Conviven varias escalas según el tamaño y la naturaleza de cada empresa:
| Tipo de empresa | Tipo aplicable en 2026 |
|---|---|
| Micropymes (cifra de negocio < 1 M€) | 19% hasta 50.000 € de BI / 21% en el resto |
| Empresas de reducida dimensión (cifra de negocio entre 1 y 10 M€) | 23% |
| Entidades de nueva creación | 15% en los dos primeros ejercicios con base positiva |
| Tipo general | 25% |
Si tu empresa no es una micropyme, o quieres ver el detalle completo de todos los tramos —incluidos los grandes grupos—, puedes consultar nuestra guía de referencia: novedades del Impuesto sobre Sociedades 2026.
Un apunte para las micropymes de Mataró y el Maresme
El tejido empresarial de la comarca encaja casi a la perfección en este perfil: predominan los negocios familiares, los profesionales que facturan a través de una SL y las pymes de menos de 10 trabajadores. En Oikos Consultores vemos a diario cómo esta rebaja afecta a talleres, comercios, consultoras y despachos de Mataró y el Maresme que llevan años tributando en el tramo de hasta 50.000 € — la mayoría de las empresas de la zona, de hecho, encaja en él.
Si todavía gestionas tu fiscalidad sin acompañamiento profesional, puede ser un buen momento para revisarlo: te explicamos qué hace exactamente un asesor fiscal y cuándo conviene contar con uno.
Un ejemplo práctico: cómo se traduce esto en una SL pequeña
Tomemos un caso habitual: una sociedad limitada con un único socio-administrador, cuya actividad genera un beneficio conjunto —entre nómina y resultado de la empresa— de 70.000 € al año.
Una estructura frecuente reparte esa cifra así:
- Un salario en nómina, por ejemplo de 30.000 €, sujeto a retención de IRPF (aproximadamente un 19-20% a ese nivel de renta).
- El resto queda como resultado de la sociedad. Descontado el propio salario, que es gasto deducible, la base imponible de la empresa puede situarse por debajo de los 50.000 €, dentro del tramo que en 2026 tributa al 19% (17% desde 2027).
Repartir el beneficio entre nómina y sociedad, en lugar de tributarlo íntegramente como rendimiento de actividad en IRPF, suele resultar más eficiente en estructuras pequeñas. No es una fórmula automática: la retribución debe ajustarse a criterios de mercado y a la actividad real del socio.
Otro instrumento habitual es incorporar a la sociedad determinados bienes de uso mixto. Un vehículo con uso profesional y particular, por ejemplo, puede generar derecho a deducir parte del IVA soportado y de la amortización contable —habitualmente en torno al 50%, salvo que se acredite un grado de afectación distinto—.
Estas herramientas no sustituyen la planificación fiscal. Funcionan bien cuando se ajustan a la actividad real de la empresa, y mal cuando se fuerzan sin justificación.
Cada caso depende del nivel de beneficio, del sector y del uso real de cada activo. Las cifras de este ejemplo son ilustrativas, no una recomendación cerrada.
Un segundo caso: cuando la base imponible supera los 50.000 €
¿Y si el beneficio de la sociedad es mayor? Pensemos en una base imponible de 80.000 € en 2026. El tipo reducido del 19% no se aplica a toda la cifra: solo a los primeros 50.000 €. El resto tributa al 21%.
- 2026: 50.000 € × 19% + 30.000 € × 21% = 9.500 € + 6.300 € = 15.800 € de cuota.
- 2025 (mismo supuesto, tipos del año anterior): 50.000 € × 21% + 30.000 € × 22% = 10.500 € + 6.600 € = 17.100 €.
- Ahorro: 1.300 € solo por el cambio de ejercicio, sin modificar nada en la empresa.
El ahorro relativo es menor cuanto más se aleja la base imponible del tramo de 50.000 €, pero sigue existiendo mientras la empresa conserve la condición de micropyme.
¿Quieres saber en qué tramo cae la base imponible de tu empresa y cómo repartir mejor nómina y resultado? En Oikos Consultores revisamos tu caso concreto. Solicita una revisión de tu Impuesto de Sociedades.
Autónomo o sociedad: la pregunta sigue abierta, con otros números
La bajada del tipo para micropymes no cambia el fondo de la decisión, pero sí mueve el punto de equilibrio. Un autónomo con beneficios sostenidos y una base imponible previsible por debajo de 50.000 € encuentra ahora una sociedad algo más atractiva que hace dos años.
Sigue sin haber una respuesta única. Depende del nivel de beneficio real, de si se reinvierte o se retira cada año, y de los costes de estructura que añade una sociedad. Quien valora dar el paso encuentra una guía práctica en nuestro artículo sobre cómo crear una empresa en Mataró.
Y si la actividad tiene proyección internacional, conviene revisar también nuestro análisis sobre la exención por trabajos realizados en el extranjero en el IRPF.
Preguntas frecuentes
¿Qué es una micropyme según Hacienda en 2026?
Es una sociedad cuya cifra de negocio en el ejercicio anterior no superó 1 millón de euros. Ese umbral es el único requisito para acceder a la escala reducida del 19%/21% en 2026, con independencia del sector o del número de empleados.
¿Cómo se aplica el tipo del 19% si mi base imponible supera los 50.000 €?
Solo los primeros 50.000 € tributan al 19% (17% desde 2027). El exceso sobre esa cifra tributa al 21% (20% desde 2027). No es un tipo único sobre toda la base, sino un tramo progresivo, igual que ocurre con el IRPF.
¿Tengo que solicitar el tipo reducido o se aplica automáticamente?
Se aplica automáticamente al presentar el modelo 200 si la sociedad cumple el requisito de cifra de negocio, sin necesidad de solicitud previa. Conviene revisar igualmente que la autoliquidación recoja bien el desglose por tramos.
¿Qué pasa si mi empresa supera 1 millón de euros de facturación durante el año?
El requisito se comprueba con la cifra de negocio del ejercicio anterior, no del ejercicio en curso. Si tu empresa supera el millón este año, seguirá aplicando la escala de micropyme en el ejercicio actual y pasará a otro tramo a partir del siguiente.
¿Me conviene más ser autónomo o crear una sociedad limitada con los nuevos tipos?
Depende del nivel de beneficio, de si reinviertes o retiras el resultado cada año, y de los costes de estructura de una sociedad. La rebaja mueve el punto de equilibrio a favor de la sociedad en beneficios sostenidos por debajo de 50.000 €, pero no hay una respuesta única sin revisar cada caso.
Revisa tu estructura antes de que entre en vigor el nuevo tipo
Los nuevos tipos empiezan a aplicarse en el ejercicio 2026. Es un buen momento para revisar cómo está repartido el beneficio entre nómina y sociedad, y si los gastos deducibles están bien planteados.
En Oikos Consultores analizamos la situación fiscal concreta de cada micropyme antes de recomendar cualquier cambio. Si quieres saber cómo te afecta la reforma, podemos revisarlo contigo.
Conoce nuestro servicio de Asesoría Fiscal en Mataró o, si gestionas una pyme pequeña, visita nuestra Asesoría para Pymes.
Llámanos al 937 414 767 o visítanos en Ronda de la República 3, Mataró. Atendemos a autónomos y pymes de Mataró, el Maresme y Barcelona.
Fuentes:
- Estadística de PYMES societarias y no societarias 2023, Agencia Tributaria (AEAT).
- Cifras PYME, mayo 2025, Ministerio de Industria y Turismo (datos DIRCE).
- Directorio Central de Empresas (DIRCE), 1 de enero de 2025, Instituto Nacional de Estadística (INE).
- Ley 7/2024, de 20 de diciembre, de medidas fiscales (reducción progresiva del tipo del Impuesto sobre Sociedades para microempresas).


