Reducción de jornada laboral en 2026: qué implica para la empresa

«Reducción de jornada» se usa para dos cosas muy distintas, y conviene no mezclarlas:

  • La reducción de la jornada máxima legal de 40 a 37,5 horas semanales, que el Gobierno impulsó y que el Congreso rechazó en septiembre de 2025.
  • La reducción de jornada individual que un trabajador puede pedir para cuidar de un hijo o de un familiar, un derecho que existe desde hace años y que cualquier empresa debe saber gestionar.

En este artículo explicamos en qué punto está cada una en 2026 y qué tiene que hacer la empresa en cada caso.

La jornada de 37,5 horas: ¿está en vigor?

No. El proyecto de ley que reducía la jornada máxima a 37,5 horas semanales sin rebajar el salario fue rechazado por el Congreso en septiembre de 2025. Por tanto, en el sector privado sigue vigente el límite del Estatuto de los Trabajadores: 40 horas semanales de trabajo efectivo en cómputo anual (art. 34 ET).

Eso no significa que en tu empresa se trabajen 40 horas: lo que manda en la práctica es el convenio colectivo aplicable, y muchos ya fijan jornadas inferiores. Revisar el convenio es lo primero que hacemos cuando un cliente nos pregunta por su jornada.

Lo que sí es obligatorio para todas las empresas, desde 2019, es el registro diario de jornada de cada trabajador, con hora de inicio y de fin, conservado durante cuatro años (art. 34.9 ET). El Gobierno trabaja además en un reglamento para que ese registro sea digital y accesible a la Inspección de Trabajo. No tenerlo es una de las infracciones más sancionadas.

La reducción de jornada por cuidado de hijos o familiares

El artículo 37.6 del Estatuto de los Trabajadores reconoce el derecho a reducir la jornada diaria, con disminución proporcional del salario, a quien tenga a su cuidado:

  • Un hijo menor de 12 años.
  • Una persona con discapacidad que no desempeñe actividad retribuida.
  • Un familiar hasta el segundo grado que, por edad, accidente o enfermedad, no pueda valerse por sí mismo y no tenga actividad retribuida.

La reducción debe estar entre un octavo y la mitad de la jornada. Si el hijo menor sufre cáncer u otra enfermedad grave, los progenitores pueden reducir al menos a la mitad hasta que cumpla 23 años, con una prestación específica de la Seguridad Social que compensa parte del salario.

Qué puede y qué no puede decidir la empresa

  • El horario lo concreta el trabajador, dentro de su jornada ordinaria (art. 37.7 ET). Debe avisar con 15 días de antelación, o con el plazo que fije el convenio.
  • Si la empresa no está de acuerdo con el horario propuesto, no puede simplemente negarlo: la discrepancia se resuelve en el juzgado de lo social por un procedimiento urgente.
  • Despedir a un trabajador con reducción de jornada por cuidado es, salvo que se acredite una causa ajena, un despido nulo, con readmisión obligatoria.
  • Si hay un despido procedente o improcedente, la indemnización se calcula con el salario a jornada completa, no con el reducido.

Cómo afecta a la nómina y a la cotización

  • El salario y las pagas extra se reducen en la misma proporción que la jornada.
  • La empresa cotiza por el salario reducido, pero durante un tiempo la Seguridad Social considera esas cotizaciones como si fueran a jornada completa a efectos de algunas prestaciones, para que el trabajador no salga perjudicado.
  • Para cubrir las horas que deja de hacer, la empresa puede firmar un contrato de sustitución que complete la jornada reducida (art. 15.3 ET).

Reducir jornada no es lo mismo que adaptarla

Además de la reducción, el trabajador puede pedir una adaptación de jornada para conciliar (art. 34.8 ET): cambiar el horario, pasar a turno fijo o trabajar en remoto, sin reducir horas ni salario. La empresa debe abrir un proceso de negociación de un máximo de 15 días y, si la rechaza, justificarlo por razones objetivas y proponer alternativas.

Qué debe hacer la empresa: lista de comprobación

  1. Tener el registro de jornada al día y conservado cuatro años.
  2. Revisar qué dice el convenio colectivo sobre jornada, preavisos y concreción horaria.
  3. Responder por escrito a las solicitudes de reducción o adaptación, dentro de plazo.
  4. Ajustar la nómina y comunicar la variación a la Seguridad Social.
  5. Planificar cómo cubrir las horas, por ejemplo con un contrato de sustitución.
  6. Consultar antes de tomar cualquier medida disciplinaria con un trabajador que tenga reducción de jornada.

Si quieres repasar el resto de obligaciones que tiene una empresa con trabajadores este año, las reunimos en obligaciones laborales de la empresa en 2026.

Preguntas frecuentes

¿Ya es obligatoria la jornada de 37,5 horas?

No. El Congreso rechazó la ley en septiembre de 2025. La jornada máxima legal sigue siendo de 40 horas semanales, salvo que tu convenio fije menos.

¿Puede la empresa negarse a una reducción de jornada por cuidado de un hijo?

No, si se cumplen los requisitos legales: es un derecho del trabajador. Lo que se puede discutir es la concreción del horario, y en ese caso decide el juzgado.

¿Se cobra menos con reducción de jornada?

Sí. El salario se reduce en la misma proporción que la jornada. Solo en el caso de hijos con cáncer u otra enfermedad grave existe una prestación de la Seguridad Social que compensa parte de la pérdida.

¿Qué pasa si no llevo el registro de jornada?

Es una infracción grave que la Inspección de Trabajo sanciona con frecuencia, y además deja a la empresa sin pruebas ante una reclamación de horas extra.

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