
En el ámbito tributario, la determinación del domicilio fiscal del contribuyente es clave para establecer la competencia territorial de los órganos de inspección. Pero ¿qué ocurre si el procedimiento que fijó ese domicilio es posteriormente anulado por insuficiencia probatoria? ¿Son válidas las actuaciones realizadas por el órgano competente en base a ese acuerdo?
Actuaciones válidas si el acuerdo estaba vigente
El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) ha fijado criterio:
Las actuaciones realizadas por el órgano competente no son nulas de pleno derecho si se basaron en un acuerdo administrativo vigente sobre el domicilio fiscal, aunque este sea posteriormente anulado.
Esto se fundamenta en el artículo 217.1.b) de la Ley General Tributaria, que establece que solo serán nulos los actos dictados por un órgano manifiestamente incompetente. Es decir, la incompetencia debe ser clara, patente y sin necesidad de interpretación jurídica.
Jurisprudencia y doctrina
- El TEAC, en resolución de 22 de mayo de 2025, considera que la existencia de un acuerdo vigente excluye la nulidad radical de las actuaciones.
- La Audiencia Nacional ha confirmado que la anulación del acuerdo por falta de pruebas no invalida automáticamente las actuaciones realizadas.
- El Tribunal Supremo distingue entre nulidad y anulabilidad: si el órgano actuó con base jurídica vigente, no puede considerarse manifiestamente incompetente.
¿Qué implica esto para los contribuyentes?
Si has recibido actuaciones de inspección tributaria basadas en un domicilio fiscal que luego se anula, no puedes alegar automáticamente la nulidad de todo el procedimiento. Podrías solicitar la anulación si demuestras perjuicio o falta de garantías, pero no se trata de una nulidad de pleno derecho.
Conclusión
La validez de las actuaciones de inspección no depende exclusivamente de la posterior anulación del procedimiento de comprobación del domicilio fiscal. Lo relevante es si el órgano actuó con base en un acuerdo vigente. Esta doctrina protege la seguridad jurídica y evita que los procedimientos se invaliden por cuestiones formales posteriores.
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