La Inspección Tributaria tiene amplias facultades.
Pero no puede actuar sin límites.
Uno de esos límites es el tiempo.
La doctrina judicial vuelve a recordarlo: la Administración no puede ampliar el plazo de unas actuaciones inspectoras sin una motivación real y suficiente.
No basta una comunicación formal.
Debe existir causa objetiva.
La duración de una inspección no depende de la conveniencia administrativa, sino del marco legal.
El plazo máximo en una inspección tributaria
Cuando se inicia un procedimiento inspector, la Ley General Tributaria establece un plazo máximo:
- 18 meses con carácter general.
- 27 meses si concurren circunstancias de especial complejidad.
Este límite forma parte de las garantías que protegen al contribuyente dentro de los procedimientos tributarios.
Si quiere profundizar en otras resoluciones relevantes en materia inspectora, puede consultar nuestro análisis sobre el uso gratuito de bienes de la sociedad por parte del autónomo societario, donde examinamos el criterio del TEAC en un procedimiento de comprobación.
El caso del TSJ de Madrid: ampliación sin motivación suficiente
En la resolución reciente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, la Inspección comunicó la ampliación del plazo apenas un mes antes de finalizar el periodo inicial.
El problema no fue el momento.
Fue la ausencia de justificación.
No se detallaron hechos nuevos.
No se acreditó complejidad adicional.
No se explicó por qué no podían finalizarse las actuaciones dentro del plazo inicial.
El tribunal consideró vulnerado el principio de seguridad jurídica.
Este tipo de situaciones conecta con otros supuestos donde la Administración puede regularizar, pero no siempre sancionar, como explicamos en nuestro artículo cuando falta una prueba, Hacienda puede regularizar… pero no siempre sancionar.
¿Qué puede hacer la empresa ante una ampliación injustificada?
Una ampliación sin motivación puede impugnarse.
Entre otras vías:
- Alegar nulidad de la ampliación.
- Invocar la caducidad del procedimiento.
- Cuestionar la validez de actuaciones posteriores.
La defensa técnica es esencial.
Especialmente en escenarios donde pueden derivarse responsabilidades, como analizamos en
responsabilidad subsidiaria y solidaria: alegaciones y defensa eficaz.
Cada caso requiere estudio individualizado.
Impacto en la planificación fiscal de la empresa
Una inspección prolongada genera:
- Incertidumbre financiera.
- Dificultades en la toma de decisiones.
- Riesgos reputacionales.
En entornos empresariales como Mataró y el Maresme, donde la estabilidad fiscal es clave para pymes y sociedades familiares, estas cuestiones tienen impacto real.
Además, la correcta planificación cobra mayor relevancia en un contexto de cambios normativos como los analizados en nuestras novedades del Impuesto sobre Sociedades para 2026.
Seguridad jurídica y asesoramiento profesional
La Administración dispone de herramientas potentes.
Pero debe utilizarlas conforme a Derecho.
La motivación no es un formalismo.
Es una garantía.
Si su empresa ha recibido una comunicación de ampliación de plazo o está inmersa en una inspección, conviene analizar la situación con criterio técnico.
En Oikos Consultores, como especialistas en asesoría fiscal en Mataró, acompañamos a empresas del Maresme en procedimientos de inspección y defensa tributaria.
Puede contactar con nosotros en el 937 41 47 67.
La seguridad jurídica no es un lujo.
Es una necesidad estratégica.


