En los últimos meses han circulado rumores sobre supuestas obligaciones para particulares en relación con Bizum. Sin embargo, el Ministerio de Hacienda y la Agencia Tributaria han aclarado el alcance real de esta medida, que afecta únicamente a empresarios y profesionales.
1. ¿Qué cambia a partir de febrero de 2026?
Desde febrero de 2026, las entidades financieras deberán informar mensualmente a la Agencia Tributaria sobre la facturación acumulada realizada mediante Bizum o sistemas equivalentes por empresarios y profesionales. Por lo tanto, esta obligación no afecta a particulares ni a pagos entre amigos o familiares.
2. ¿Qué información se reportará?
- Identificación completa del empresario o profesional.
- Número de comercio y terminales de venta asociados.
- Importe mensual facturado con Bizum.
- Identificación de las cuentas bancarias utilizadas para los cobros.
3. ¿Afecta a los particulares?
No. La Agencia Tributaria solo recibirá información agregada mensual de cada empresario o profesional. En consecuencia, no se reportarán operaciones individuales ni pagos entre particulares.
“Bizum sigue siendo seguro para particulares: la obligación informativa solo afecta a cobros profesionales.”
4. ¿Por qué se introduce esta medida?
El objetivo es mejorar el control fiscal sobre operaciones comerciales realizadas mediante sistemas de pago instantáneo, garantizando la correcta tributación de ingresos empresariales.
5. Consejos prácticos para autónomos y pymes
- Revisa si utilizas Bizum como método de cobro en tu negocio.
- Documenta correctamente las operaciones y vincula cada cobro a su factura.
- Consulta con tu asesoría para adaptar la contabilidad y cumplir con la normativa.
6. ¿Negocio en Mataró o alrededores?
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