Tarifa Plana para Autónomos Societarios!!!

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Los autónomos societarios sí tendrán derecho a solicitar la bonificación de cuotas que otorga la tarifa plana. La Seguridad Social  reconoce el cambio de criterio en una nota emitida desde el área de impugnaciones de la subdirección general de ordenación e impugnaciones de la propia Tesorería General de la Seguridad Social.

La Seguridad Social cede

No tiene más remedio que modificar el criterio que venía estableciendo. «De manera que se permita a los trabajadores autónomos socios de sociedades mercantiles capitalistas (limitadas o anónimas), acceder a los beneficios previstos», en el artículo que regula la tarifa plana.

En consecuencia, reconoce que procederá estimar los recursos de alzada que se formularan sobre la cuestión. Es más, abre la puerta a revisiones de solicitudes denegadas con anterioridad. Asimismo, los interesados podrán revisar resoluciones en firme.

«A quienes se les denegó deben instar a su revisión», ha afirmado el presidente de ATA, Lorenzo Amor. Lo hacía compartiendo en redes sociales la nota que anuncia el cambio de criterio en cuestión, en donde encontramos todas las referencias anteriormente descritas.

La tarifa plana para autónomos

Se trata de una bonificación en las cuotas a la Seguridad Social. Sin ella, un autónomo tiene que pagar mensualmente en torno a 290 euros al mes, en concepto de cotizaciones. Con ella, los profesionales sólo abonan 60 euros durante el primer año. Siendo, incluso, extensible durante más tiempo y en otras cuantías, en función de ciertos condicionantes.

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