Oikos Gestoría, Noticias, 27/12/16

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Oikos Gestoría, Noticias, 27/12/16

INFORMACIÓN ECONÓMICA

  • El retraso de la edad legal de jubilación que se empezó a aplicar en 2013 no ha afectado a los españoles. A pesar de que sobre el papel, los ciudadanos tendrían que trabajar cuatro meses más que antes de que entrara en vigor la reforma, la edad media de jubilación no sólo no ha subido, sino que se ha reducido en un mes, pasando de los 64,2 años de 2013 a los 64,1 años de 2016 (están disponibles las cifras hasta octubre), según datos de la Seguridad Social. De acuerdo con estas cifras, en los diez primeros meses del año se retiraron un total 265.557 españoles. El 44,2% de todas las altas de jubilación lo hicieron antes de los 65.
  • El TS ha decidido rebajar los honorarios que solicitaba un letrado por considerar su minuta excesiva. El Supremo insiste en que «en materia de impugnación de los honorarios de letrado por excesivos, debe atenderse a todas las circunstancias concurrentes, tales como trabajo realizado en relación con el interés y cuantía económica del asunto, tiempo de dedicación, dificultades del escrito de impugnación o alegaciones, resultados obtenidos, etcétera, sin que por tanto sean determinantes por sí solos ni la cuantía ni los criterios del colegio de abogados, precisamente por ser éstos de carácter orientador». Con ello, confirma que el informe de un colegio de abogados sobre la minuta no es, en absoluto, vinculante.
  • El Gobierno deberá permitir que las comercializadoras de las eléctricas encargadas de suministrar el precio regulado de la luz puedan repercutir el bono social al consumidor final si quiere que el nuevo mecanismo de financiación sea legal, indicaron en fuentes jurídicas y del sector. El nuevo mecanismo de financiación del bono social pactado entre el Gobierno y el PSOE carga el coste de esta ayuda, de unos 250 millones de euros anuales, sobre el conjunto de las comercializadoras de electricidad, y lo hace en función del número de clientes de cada empresa, según el real decreto ley aprobado por el Ejecutivo. Si durante el desarrollo normativo del real decreto ley a las comercializadoras de referencia no se les reconoce la posibilidad de repercutir al cliente el coste adicional del bono social, podrán recurrir ante los tribunales al sentirse discriminadas con respecto a las comercializadoras de mercado, y muy probablemente ganarán.
  • El Gobierno busca reducir la desigualdad salarial entre mujeres y hombres y a tal fin estudia incorporar a la normativa vigente algunas medidas, como la obligación, para las empresas de al menos 50 trabajadores, de informar periódicamente a los empleados y comités sobre la remuneración media por niveles profesionales, desglosada por sexos. En materia de igualdad salarial considera que podría estudiarse la implantación en España de dos de las medidas recogidas en la Recomendación de la comisión Europa del 7 de marzo de 2014 sobre el refuerzo del principio de igualdad de retribución entre hombres y mujeres a través de la transparencia.
  • A lo largo de 2017 se van a crear en España unos 400.000 empleos, lo que supone un 20% menos que en 2016, según estimaciones de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA). Así se recoge en el informe de balance 2016 y de perspectivas para 2017 publicado por ATA. En cuanto al trabajo autónomo, prevé que en 2017 se crearán 30.000 nuevos autónomos, y que este colectivo generará unos 60.000 nuevos puestos de trabajo asalariado. Apunta que el principal objetivo es conseguir que la Ley de Medidas Urgentes para Autónomos se tramite en el menor plazo de tiempo posible para que entre en vigor durante el primer trimestre.
  • El Real Decreto-ley de medidas urgentes para el impulso del Sistema Nacional de Garantía Juvenil introduce modificaciones significativas a la Ley 18/2014 que favorecerán el acceso y la inscripción de jóvenes al Sistema, respetando en todo caso los requerimientos derivados de la normativa comunitaria.   Así, bastará con no haber recibido formación ni haber estado trabajando el día anterior a la solicitud de inscripción para cumplir los requisitos en lugar de los 3 meses sin haber recibido formación o los 30 días sin empleo que se exigen con la regulación actual.    Se posibilita que todos los jóvenes inscritos como demandantes de empleo en los servicios públicos de empleo (tanto el estatal como, principalmente, los autonómicos), que cumplan con los requisitos de la Garantía Juvenil sean inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, incluso con efectos retroactivos, en el caso de que hubieran participado o estén participando en alguna de las actuaciones previstas por el Sistema. Por otro lado, se establece la conversión de reducciones a la cotización a la Seguridad Social en bonificaciones, con cargo al presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal, para los incentivos a la cotización a la Seguridad Social a través de la tarifa plana de trabajadores autónomos o la contratación para la formación y el aprendizaje que beneficien a jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
  • Hay despidos que se complican. Incluso cuando parece que existen sobradas razones quejustifican prescindir de un trabajador, puede haber resquicios legales que inclinan la balanza del lado del empleado. Es el caso, por ejemplo, de un trabajador que fue despedido por sabotear una base de datos de la empresa con un código malicioso. Aunque el despido fue declarado procedente, la empresa ha sido condenada a pagarle una indemnización de 175.000 euros porque, previamente, el trabajador había solicitado la extinción voluntaria del contrato laboral por incumplimiento por parte de la empresa. Concretamente, acusaba a la compañía, una gran farmacéutica, de falta de ocupación efectiva cuando se reincorporó tras varias bajas laborales por enfermedad. Especialmente llamativo fue el caso de un cartero al que su ludopatía le salvó de un despido. En este caso, fue el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha el que declaró improcedente el despido del trabajador que retenía envíos postales de tarjetas bancarias de clientes.

SECTOR BANCARIO

  • Los clientes españoles que suscribieron productos estructurados, bonos y participaciones preferentes, de la entidad islandesa Landsbanki han perdido oficialmente su inversión después de que la institución haya dado de baja los títulos ante el custodio internacional. Una circunstancia que las entidades que registraron mayor volumen de afectados en España, como Bankinter, han comunicado en las últimas semanas a través de cartas en las que informa a los clientes de que, a cambio, podrán desgravarse el rendimiento negativo de la inversión a efectos fiscales en su próxima declaración de la renta. A pesar de la falta de consenso entre los juzgados españoles, las últimas sentencias han señalado a las entidades por omitir las características de estos productos de «riesgo patente» a los inversores, quienes ahora se aferran a esta vía como última alternativa.
  • El Gobierno aprobará un Código de Buenas Prácticas de adhesión voluntaria para las entidades financieras con el que resolver “con celeridad” la devolución de lo cobrado de más a los clientes afectados por las cláusulas suelo, una vez que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó su retroactividad total, previsiblemente en el último Consejo de Ministros del año, el 30 de diciembre.