Autónomos, nuevas reformas de la ley
El mes de noviembre nos trajo novedades que afectan a los autónomos. Se aprobó la Ley de Reformas Urgentes de los Trabajadores Autónomos.
Los recargos del 20 por ciento que se imponían hasta entonces por no abonar en plazo las cuotas de la seguridad social se reducen de la siguiente forma:
Pasan a ser del 3, el 5 o el 10% si se abonan las cuotas debidas en el primer, segundo o tercer mes respectivamente.
Una novedad importante es que los autónomos dejarán de cotizar por el mes completo, de tal forma que las altas y bajas se computarán desde el día en que se produzcan. Por otro lado, el autónomo podrá cambiar hasta cuatro veces al año su base de cotización, dentro de los límites mínimos y máximos que establece el reglamento.
Se amplía la cuota reducida de 50 euros para los nuevos autónomos de 6 a 12 meses. Dicha ampliación también afecta a las bonificaciones previstas para el fomento del empleo autónomo, siempre y cuando se trate de nuevas incorporaciones a la Seguridad Social. Los autónomos que opten por una base de cotización superior a la mínima que les corresponda disfrutarán de una reducción sobre la cuota.
Por último, los autónomos podrán deducirse en el IRPF los gastos de mantenimiento del vehículo hasta el 50%, equiparando así la aplicación del IVA y del IRPF para los mismos supuestos.