19/02/2016 Noticias del día, de economía y empresa, seleccionadas por Oikos Gestoría
- El TS admite el uso exclusivo, por turnos y por periodos sucesivos y recurrentes de la vivienda, como una fórmula «justa» para los casos en que la relación entre los miembros de la comunidad de bienes no haga posible o aconsejable su uso solidario o compartido. También admite esta solución cuando así sea solicitado por algún comunero. Así lo determina en una sentencia del 9 de diciembre de 2015. La sentencia estima el recurso de casación contra el fallo dictado en apelación y ordena que se lleve a cabo un sorteo siguiendo los criterios dictados. El resultado vinculará al comunero que, tras ser convocado, no asista al mismo, siempre que sea ante notario.
- Renovación de certificados FNMT-RCM de persona jurídica y entidades sin personalidad jurídica. La Agencia Tributaria informa de que el 1 de julio de 2016 será aplicable en su práctica totalidad el Reglamento (UE) 910/2014 del Parlamento europeo y del Consejo de 23 de julo de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza en las transacciones electrónicas en el mercado interior y por el que se deroga la Directiva 1999/93/CE. Con el objetivo de adaptarse a estos cambios técnicos, a partir del próximo mes de marzo la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre–Real Casa de la Moneda (FNMT–RCM) comenzará a expedir los nuevos certificados de representante de persona jurídica, de representante de entidad sin personalidad jurídica y de representante para administradores únicos y solidarios. A partir de esa fecha, dejarán de emitirse los actuales certificados de persona jurídica y de entidad sin personalidad jurídica, y la renovación de los mismos no podrá realizarse a través de la página web. No obstante, podrán seguir utilizándose hasta su caducidad o revocación.
- El TS ha estimado la demanda de una promotora inmobiliaria que alegó no haber sido informada de los riesgos de un contrato de permuta de interés, de importe nominal de 33,2 millones de euros que sustituyó a un swap anterior. La compañía pretendía utilizar este producto para financiar su propio negocio, en este caso, una importante promoción de oficinas. El TS considera que la información facilitada por la entidad a su cliente no fue detallada ni completa, no habiéndosele realizado por la entidad el preceptivo test de idoneidad, ni constando que se le informara del grave riesgo patrimonial que corría al contratar un producto que no cumplía con la finalidad de cobertura pretendida. La sentencia recoge la línea jurisprudencial sentada en otros supuestos de permutas financieras en lo relativo a las obligaciones y cautelas que deben adoptar las entidades bancarias en este tipo de operaciones, pero hasta ahora relativas a consumidores o pymes.
- Una sentencia del TSJ del País Vasco considera procedente el despido de los empleados de más edad de una empresa sin que sea discriminatorio por tratarse también de los que tenían un salario más alto, razón que el órgano judicial considera más que suficiente para su elección. El tribunal rechaza que haya habido discriminación y señala que «su selección no se ha realizado por ser los de mayor edad, sino debido a que son los conductores con un salario más alto». Puesto que se trataba de un despido por causas económicas, la sala entiende que esta razón del sueldo «es más que suficiente, máxime cuando esas diferencias salariales son de entidad».
- Los inversores y las firmas financieras temen que la moda de los tipos de interés negativos siga expandiéndose y llegue hasta la Reserva Federal de Estados Unidos (Fed). Lo cierto es que, economistas y expertos en la materia están cada vez más preocupados con este «experimento de política monetaria», ya que creen que estos tipos negativos no lograrán nada más que una devaluación de la moneda, sin generar en el proceso crecimiento alguno de las economías. Están «incentivando» a los bancos a reducir, a erosionar sus ganancias, desalentando el crédito transfronterizo. Los tipos negativos disminuyen las ganancias de los bancos entre un 5% y un 10%, según un estudio publicado por Morgan Stanley. «Eso repercutirá directamente en los préstamos, lo que afectará de forma negativa y directa en las economías que los bancos centrales tratan de estimular».
- La decisión de Bankia supondrá una merma de beneficios de en torno a 100 millones de euros a los despachos que se han especializado en las demandas por la salida a Bolsa. A pesar de ello, los bufetes planean abrir nuevos frentes judiciales por la salida a Bolsa, tanto por el tramo institucional como por los inversores que compraron después de la OPS de 2011. Bankia calcula el ahorro que supondrá la solución para los minoristas en 400 millones, de los que 300 millones serían costas judiciales y 100 millones intereses legales. En la mayoría de las demandas civiles, los bufetes que asesoran a los inversores se quedan tanto las costas, para cubrir gastos, como los intereses legales, y el cliente se queda el principal.
- La cadena de perfumerías Bodybell ha dado por finalizado el expediente de regulación de empleo (ERE) que abrió el año pasado con un total de 315 afectados, 60 menos de lo previsto, y el cierre de 32 tiendas, doce menos de las planteadas inicialmente, según la Federación de Comercio de UGT.
- La fiebre por las renovables es tal que las tres mayores fabricantes de turbinas de generación eólica que cotizan en las bolsas europeas -Vestas, Gamesa y Nordex- duplicaron su valor de mercado conjunto en 2015. La demanda de energías renovables no remite pese a la situación del precio del crudo, que arrastra a la baja los precios de la electricidad y que, por tanto, debería estar haciendo comparativamente menos atractivos los proyectos que prescinden de los combustibles fósiles. Conforme a los datos recopilados por Bloomberg New Energy Finance, en 2015 los inversores inyectaron 329.000 millones de dólares en todo el mundo.