Este próximo miércoles, 6 de abril, primer día de la campaña de la Renta 2015, la administración española (la Agencia Tributaria), espera se produzca una avalancha de confirmaciones de los borradores de las declaraciones del IRPF correspondiente al ejercicio 2015 para recibir en cuanto antes la devolución preceptiva.
En esta campaña, el volumen de contribuyentes puede ser superior al año anterior ya que, la Agencia va a generalizar la confección online del borrador, sin necesidad de descargarse el programa. A excepción de los declarantes de rendimientos de actividades económicas (autónomos, profesionales y empresarios) de quienes tiene menos información.
Según informa la administración, van a emplear todo el potencial informativo de los más de 10.000 millones de datos fiscales que tiene acumulados en su base de datos.
Entre 2011 y 2015 la Agencia ha incrementado un 60% sus fuentes de información propia y de terceros que es posible analizar y cruzar entre sí. Y, en los dos últimos años ha multiplicado por 10 la capacidad de procesos de los sistemas informáticos. En la actualidad, el Gran Hermano fiscal, el ojo informático que ve todo los movimientos económicos (o casi) tiene una capacidad de almacenamiento de 9.500 terabytes.
Con esta información de 53,5 millones de contribuyentes directos e indirectos que componen el denominado censo de obligados tributarios que existen en España (incluyendo los más de 19,5 millones por IRPF así como los de los demás impuestos atribuibles a empresas y también de actividad aduanera), se confeccionarán los borradores de la renta.
Deberán ser completados y complementados según los casos por los contribuyentes para su posterior confirmación telemática. Para ello deberá identificarse previamente mediante DNI electrónico, clave PIN, número de referencia (casilla 490 de la declaración del año anterior) y teléfono móvil.
La Administración controla todos los datos a los que están obligadas las empresas. Asimismo, el Fisco conoce al detalle todas las rentas de trabajo que se perciben en España y que están obligadas las empresas a declarar porque se las deducen del Impuesto de Sociedades. También tienen toda la información del reparto de dividendos y de los intereses satisfechos por cuentas y capital mobiliario en general, sobre todo el que está sujeto a retención. A ello se añade toda la existencia de arrendamientos de locales comerciales (mediante el cruce con el IVA, por ejemplo) o de viviendas.
También conoce la compraventa de pisos a través de los notarios y lo mismo sucede con las transacciones de participaciones. Para ello cuenta además con la información de las empresas cotizadas o no. Además, dispone de los datos que aportan las gestoras de fondos de inversión y de pensiones sobre ganancias patrimoniales.
¿Qué datos no conoce la Agencia al menos con profundidad? Por ejemplo, no dispone de mucha información de algunos ingresos y gastos atribuidos en las actividades económicas tanto en estimación directa normal como simplificada. A veces sólo sabe de datos parciales, que pueden coincidir o no con las declaraciones por IVA, y tiene dudas sobre si las compras son contabilizadas por estos contribuyentes como existencia o inmovilizado. Depende muchas veces del criterio del contribuyente.
Tampoco sabe con exactitud los precios de adquisición y venta de determinados bienes, incluso alquileres de vivienda y la imputación de gastos o arrendamientos de negocios. Y no están nunca completos los datos de los rendimientos de españoles en el exterior aunque hayan declarado los activos y bienes en el modelo 720, así como si los han vendido y por cuánto.
Además, aunque sólo podrá acceder a esta información a través de la sede electrónica (página web) de la Agencia (también podrá bajar el programa PADRE y seguirá recibiendo los datos fiscales solicitados en su caso así como presentar la declaración impresa en el banco), no necesitará un ordenador para su consulta. Podrá emplear otras plataformas como la tablet o el móvil. Incluso podrá actuar en esa predeclaración en un dispositivo y seguir después en otro.